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Las claves para entender el caso de Begoña Gómez (desde el principio)

La querella presentada por Manos Limpias contra Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, ha generado una oleada de indignación, opiniones encontradas y, sobre todo, una avalancha de desinformación

Desde que el 24 de abril de 2024 se hizo pública la investigación que situaba a Gómez en el centro de una supuesta trama de tráfico de influencias, el caso no ha dejado de ocupar titulares. Sin embargo, aún son muchos los que desconocen qué hay realmente detrás del asunto o no logran comprenderlo del todo, en gran parte por la complejidad del lenguaje jurídico con el que se ha abordado.

Para evitar caer en bulos y entender con claridad qué está ocurriendo alrededor de La Moncloa, en este artículo te explicamos desde el principio la historia del llamado: “Caso Begoña Gómez”.

¿Quién es Begoña Gómez?

Su nombre completo es María Begoña Gómez Fernández . Nació en Bilbao pero  se crió  en la localidad de Valderas, al sur de la provincia de León. Desde el año 2006, está casado con el actual Presidente de Gobierno Pedro Sánchez.

Según se capta en su perfil de LinkedIn, Gómez consta de los siguientes títulos:

  • MBA en Dirección de empresa y Marketing  por ESIC.

  • Máster  de CRM(customer Relationship Management) por ESIC.

  • Licenciatura de marketing por Escuela Superior de Marketing y Negocios.

  • Cursos de dirección comercial por TEA CEGOS (Empresa especializada en formación).

  • Formación de Modelos Integrales de Gestión por Competencias  por IDE-CESEM (escuela de negocios).

Por otro lado , su vida laboral lleva más de veinte años en activo, continuando con su perfil de LinkedIn, ha trabajado en:

  • ATENEA , centro de negocios durante tres años (1996-1999).

  • Grupo Inmark, Consultora, estrategias y entrenamiento de equipos España-Portugal durante veinte años y diez meses (1997-2018).

  • IE Africa Center, Executive director durante tres años (2018-2022)

  • Socia en la Asociación Española de Fundraising durante trece años (desde 2012)

  • Socia de WAS (Women Action Sustainability) (desde 2018).

  • Creadora de Hub Social Sostenible (desde abril del 2025).

Gómez ha colaborado  también con la Universidad Complutense de Madrid, sin embargo, no ha sido incluida en la anterior lista debido a la importancia que tiene en este caso. A raíz de este caso comenzó por su participacion en ciertas titulaciones de este organismo docente.

En 2012, comienza a ser co-directora del título en “Dirección de captación de fondos para el tercer sector”.  En 2020 inicia su etapa de co-directora del máster en transformaciñon social competitiva y más tarde en octubre del 2020 sería también Directora de la Cátedra Extraordinaria de Transformacion Social Competitiva.

La denuncia

El 24 de abril de 2024 se hace público que el Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid  había abierto diligencias a María Begoña Gómez Fernández  a raíz de una querella presentada el 8 de abril de 2024 por la organización Manos Limpias . Dicha querella está firmada el Secretario General del Sindicato, Miguel Bernad Remón. Se denuncia un “presunto delito de tráfico de influencias”.

En su denuncia, presentada ante los tribunales, el sindicato Manos Limpias detalla las supuestas actuaciones que implicaría a Begoña Gómez.

Según el documento, Gómez habría utilizado su posición personal y profesional para recomendar o avalar mediante cartas firmadas por ella a determinados empresarios que participaban en licitaciones públicas. Entre ellos, se menciona al empresario Carlos Barrabés, quien, siempre según la denuncia, resultó beneficiado con adjudicaciones por valor de unos diez millones de euros.

Carlos Barrabés. Fuente: Gaceta.es
Carlos Barrabés. Fuente: Gaceta.es

El texto añade que Barrabés colaboró con el máster de Transformación Social Competitiva dirigido por Gómez y que, además, fue incorporado como profesor asociado en la cátedra que ella lideraba. Básicamente Barrabés y Gómez son socios en la universidad.

La querella también cita al empresario Víctor Aldama, vinculado a la compañía Globalia, quien habría obtenido beneficios económicos por más de seis millones de euros, poco antes de que se negociara el rescate de la empresa.

Asimismo, se señala un acuerdo entre Air Europa y el Africa Center, institución dirigida por Gómez, que habría incluido pagos anuales y ventajas en vuelos de primera clase para ella y su equipo.

Delito de tráfico de influencias:

Entre los artículos 428 y 431 del Código Penal español se castiga a los funcionarios públicos que abusan de su poder para conseguir favores o decisiones que les beneficien económicamente.

También lo puede cometer una persona normal (un particular). Si esta persona usa su amistad , parentesco o relación personal con un funcionario o autoridad para presionarlo o convencerlo de tomar una decisión que le de algún beneficio.

De abril a julio del 2024.

Fue después de que el juez abriese diligencias, cuando Pedro Sánchez  publicó su “carta a la ciudadanía” difundida en su cuenta de la red social X. En esta carta el líder del Gobierno consideraba si continuar o no al frente de su mando: “Necesito parar y reflexionar”.

El 27 de mayo, el secreto de sumario se levantó debido a las presuntas denuncias de tráfico de influencias y corrupción en los negocios.

Sin embargo la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil, a la que se le encargó hacer un informe sobre  las dos operaciones  que se hicieron con dinero público: el rescate de Air Europa por 475 millones durante la pandemia y ayudas estatales (por Red.es) a la empresa de Barrabés (Innova Next), no encontró indicios del delito de tráfico de influencias. Sin embargo y a pesar de el informe de la UCO, el juez Peinado citó a declarar a Gómez “en calidad de investigada” por primera vez.

Entre todo este tumulto de información aparecen dos nuevos personajes en el juego. Por un lado tenemos a la Físcalia Europea, la cuál  ya tenía puesto el ojo en la investigación de Gómez por si tenían relación con un delito que pudiese afectar los intereses financieros de la Unión Europea. Más tarde el juez Peinado entregaría parte de la investigación a esta entidad

Juez Peinado. Fuente: Tunota.com
Juez Peinado. Fuente: Tunota.com

Por otro lado Red.es es una entidad que depende del Ministerio de Hacienda y gestiona, entre otras cosas, las adjudicaciones de contratos públicos (para ver que empresa se lleva la obra y el dinero). Estos contratos se acabaron dando a la empresa de Barrabés, “Innova Next”.

Antes de que Begoña fuese a declarar, el Juez Peinado, citó a  Juan Carlos Barrabés, David Cierco (ex empleado y director general de Red.es hasta 2021) y Alberto Martínez Lacambra, su sustituto.

Gómez no fue la única citada para declarar, Peinado convocó también para el 5 de julio a Joaquín Goyache, rector de la Universidad Complutense. Goyache declaró en julio que se había reunido en la Moncloa con Begoña Gómez antes de que se empezase a impartir el máster de Transformación Social Competitiva (TSC) y pasó de testigo a investigado.

Barrabés, también fue citado a declarar en julio, sin embargo, por problemas de salud se retrasó. El empresario en su día de declaración comentó que se reunió dos veces en Moncloa con Gómez y con Sánchez. Explicó que se reunió con el Presidente en una ronda de contactos sobre innovación junto a otros empresarios, y que, en ese momento, Gómez no estaba presente. En otra ocasión, sí coincidió con ella en un encuentro con más personas y Sánchez solo pasó a saludar brevemente. Barrabés negó haber cometido ninguna irregularidad.

A raíz de estas declaraciones, el juez Peinado decidió cambiar su condición de testigo a investigado .

El 22 de julio de 2024, Peinado cita como testigo al presidente del Gobierno para el día 30 de julio. Pedro Sánchez no acudió a los Tribunales, sino que fue Peinado quien se movió a la Moncloa. De nada sirvió la visita ya que el Presidente se acogió a su derecho a no declarar y la Abogacía del estado denunció a Peinado por prevaricación.

El 5 de julio, Begoña Gómez fue a los juzgados de Plaza de Castilla como investigada, pero el juez suspendió su declaración para evitar que se sintiera indefensa, ya que ella dijo no conocer el caso ni haber recibido la denuncia de Hazte Oír por tráfico de influencias.

Dos semanas más tarde, volvió al juzgado y, siguiendo el consejo de su abogado, decidió no declarar. El 8 de julio Begoña Gomez utilizó el recurso de apelación.

Secreto de sumario: Es una medida que toma un juez para mantener en privado una investigación. Si hay secreto de sumario  ni los medios, ni los acusados, ni sus abogados pueden acceder a toda la información del caso.

UCO:  Es un grupo especializado en investigar delitos graves como corrupción, crimen organizado, narcotráfico o blanqueo de dinero.

¿Por qué el Juez Peinado se fue a la Moncloa para tomar declaración?

Sánchez no está implicado como presidente, sino como esposo de la persona investigada (Begoña Gómez).

La ley dice que, cuando se trata de altos cargos como el presidente del Gobierno, el juez debe ir a su oficina o casa si lo que se va a preguntar no tiene que ver con su trabajo oficial. En este caso, como Sánchez no está implicado por su cargo, sino por su relación personal, el juez fue a verlo a La Moncloa.

Abogacia de Estado: Es el cuerpo de abogados que representa y defiende legalmente al Gobierno y a las instituciones públicas.

Entre instancias

Para poder comprender lo siguiente relacionado con el caso Gómez se debe conocer el sistema judicial español. Este  se  estructura en varias “fases” llamadas instancias.

Un proceso judicial siempre comienza en el Juzgado de Primera Instancia o de instrucción, dependiendo si va por un tema civil (Primera instancia) o penal (instrucción). Consecuentemente, si al concluir la primera fase existen indicios suficientes para continuar la investigación se pasaría a una fase de enjuiciamiento, en otras palabras, se haría un juicio.

La Segunda Estancia se activa cuando una de las partes en un proceso judicial no está conforme con la decisión tomada por el juez que investigó el caso inicialmente (en la Primera Instancia) e interpone un recurso de apelación para que un tribunal Superior revise el caso. Esto es lo que ocurrió en el caso de Begoña Gómez, ella interpuso el recurso de apelación y por lo tanto la Audiencia Provincial comenzó a juzgar el caso. Se pasó del Juzgado de Instrucción número 41 que tenía como titular al juez Juan Carlos Peinado a la Sección 23 de la Audiencia Provincial .

Por añadidura, el magistrado amplió las imputaciones contra Gómez añadiendo el delito de “apropiación indebida” e “intrusismo laboral” tras admitir una querella adicional presentada por Hazte oir.

Desde octubre del 2024 hasta abril del 2025, no hay tanta exposición mediática sobre el caso. Lo último que conocemos es que la Audiencia provincial ya entra en la investigación, limitando el margen de actuación del Juez Peinado, quien siguió intentando demostrar la culpabilidad de Gómez. Se debe entender que la Audiencia Provincial solo revista las resoluciones del juez Peinado, no lo sustituye. La Audiencia se dedicó a corregir lo confirmar lo que dice Peinado.

En enero del 2025, la Audiencia Provincial anuló el registro que ordenó el juez Peinado en agosto del 2024 en el domicilio y oficinas del Barrabés debido a falta de motivación. En este registro la UCO registró la casa y oficinas del empresario y se clonaron (copiaron) sus dispositivos electrónicos.

El 4 de febrero de 2025, salta una nueva línea de investigación y un nuevo personaje para el caso, “Cristina Álvarez”. Álvarez es la asesora de comunicación de Moncloa quién también asiste a Begoña Gómez.

Según su declaración como testigo, fue contratada en 2018 para asistir a la mujer del presidente. En  diciembre de 2024, había sido llamada a declarar como testigo; sin embargo, se descubrieron correos y mensajes donde ella mencionaba favorablemente las empresas de Barrabés. En este momento, su condición cambió a investigada .

Por añadidura, entre esos emails hay un diálogo directo con la directora de comunicación de la empresa Reale, para pedir que siguieran co-patrocinando la cátedra.  El 28 de febrero, Cristina Álvarez, fue llamada para declarar.

La aparición de Cristina Alvarez en el caso también le suma a Gómez un delito de malversación, sumando así cinco delitos:

  1. Malversación.

    Relacionado con el nombramiento de su asesora Cristina Álvarez en La Moncloa.

  2. Tráfico de influencias.

    Por presuntamente usar su posición como esposa del presidente para favorecer a empresarios como Juan Carlos Barrabés

  3. Corrupción en el sector privado.

    Por supuestas gestiones que habrían beneficiado a empresas vinculadas a su entorno profesional.

  4. Apropiación indebida.

    Por el uso del software desarrollado en la cátedra de la Universidad Complutense para fines privados.

  5. Intrusismo profesional.

    Por ejercer funciones académicas sin cumplir con los requisitos formales exigidos por la universidad.

A comienzos de marzo de 2025, el juez Peinado amplió la investigación sobre Begoña Gómez con nuevas diligencias, solicitando informes adicionales a la UCO y citando a declarar a varios testigos relacionados con la Universidad Complutense y con empresas que habían colaborado con la Cátedra de Transformación Social Competitiva. Durante esos meses, el juez trató de acreditar si el puesto de Cristina Álvarez se utilizó para fines personales o privados, lo que reforzaba la línea de investigación por malversación de fondos públicos.

A pesar de los avances, la Fiscalía comenzó a mostrar discrepancias con la instrucción. En abril de 2025, el Ministerio Público solicitó archivar parte de las actuaciones, argumentando que no existían pruebas suficientes de tráfico de influencias ni de beneficio económico directo. Sin embargo, el juez Peinado rechazó esta petición inicial y mantuvo la causa abierta, insistiendo en la necesidad de practicar más diligencias.

En mayo de 2025, la defensa de Gómez, dirigida por el abogado Antonio Camacho, presentó varios recursos de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid, denunciando un “abuso de la instrucción” por parte del juez Peinado y una “interpretación extensiva” de los delitos imputados. La Audiencia, al revisar el caso, decidió intervenir más directamente en el control de las actuaciones del juez.

En junio de 2025, la Audiencia Provincial emitió un primer auto en el que limitó el margen de actuación del juez Peinado, recordándole que no podía abrir piezas separadas sin autorización expresa. Esto se volvió especialmente relevante cuando, a mediados de año, el magistrado quiso dividir el caso en dos: uno centrado en el supuesto tráfico de influencias y otro sobre la malversación derivada del contrato de la asesora Cristina Álvarez. La Audiencia consideró esa división “prematura” y ordenó que toda la investigación siguiera unificada, ya que las posibles conductas estaban conectadas entre sí.

Durante el verano de 2025, se llevaron a cabo varias declaraciones pendientes, entre ellas las de antiguos colaboradores del máster de la Universidad Complutense, personal administrativo y responsables de empresas patrocinadoras. El tono mediático del caso disminuyó durante julio y agosto, aunque las filtraciones judiciales mantuvieron la polémica viva en los medios y redes sociales.

En septiembre de 2025, la Fiscalía reiteró su posición: pidió nuevamente el sobreseimiento (archivo) de la causa, alegando falta de indicios sólidos. El juez Peinado, en cambio, dictó una resolución de prórroga, señalando que aún quedaban diligencias por practicar y que era necesario agotar la instrucción antes de tomar una decisión final.

Finalmente, el 3 de octubre de 2025, la Audiencia resolvió uno de los puntos más importantes del año: anuló la creación de la pieza separada de malversación y ordenó que todo se integrará de nuevo en la causa principal. Además, consideró que las nuevas imputaciones contra Gómez, por apropiación indebida e intrusismo profesional,  debían revisarse con “cautela y proporcionalidad”. En el mismo auto, la Audiencia autorizó al juez Peinado a prorrogar la investigación hasta abril de 2026, justificando la medida en la “complejidad del caso” y la cantidad de material pendiente de analizar (correos, informes y peritajes).

A día de hoy, octubre de 2025, el caso sigue en fase de instrucción. La defensa continúa pidiendo el archivo, mientras la Fiscalía mantiene que no hay pruebas de enriquecimiento personal. El juez Peinado, por su parte, insiste en esclarecer si existió o no un uso indebido de recursos públicos y si Gómez se benefició de su posición como esposa del presidente del Gobierno. Por tanto, aún no hay una resolución definitiva ni fecha de juicio, pero el proceso judicial sigue abierto y bajo la supervisión de la Audiencia Provincial de Madrid.


Begoña Gómez y Pedro Sánchez. Fuente: Voz Populi
Begoña Gómez y Pedro Sánchez. Fuente: Voz Populi

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